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A riesgo de resultar repetitivo, conviene reiterarlo: una tasa no es un impuesto.
Para que sea legítima debe existir una contraprestación concreta, visible y proporcional a lo que se cobra.
En estos días, la Justicia bonaerense volvió a recordárselo a varios municipios que parecen empeñados en ignorarlo.
Un fallo calificado como histórico del Dr. Germain, del Juzgado Contencioso Administrativo del Departamento Judicial Trenque Lauquen, dio la razón a contribuyentes de la tasa vial de Daireaux. El motivo es simple: se comprobó que solo una parte de lo recaudado se destinaba al arreglo de caminos. En ese caso, el desvío fue de un tercio de los fondos.
Y hay distritos donde la situación es todavía peor. En Pehuajó, por ejemplo, en muchos ejercicios ni siquiera se invierte la mitad de lo que se recauda por esa tasa.
Esto demuestra algo elemental: lo que se cobra no guarda relación con el costo del servicio que supuestamente se presta.
Y no se trata de sospechas.
Los propios intendentes lo reconocen cada año en las Rendiciones de Cuentas, ante la mirada complaciente de muchos concejales, de los Mayores Contribuyentes y del Tribunal de Cuentas provincial.
Organismos que deberían ser el primer resguardo frente a los abusos contra los contribuyentes, pero que en la práctica funcionan como estructuras burocráticas que apenas si observan detalles formales o aplican alguna multa menor, más para justificar su existencia que para corregir el problema.
A esto se suma otro fallo reciente: la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata declaró la nulidad total de la llamada “Tasa por Servicios Esenciales” del municipio de Azul.
La decisión obliga a devolver todo lo recaudado a los productores rurales, justamente porque no se pudo demostrar ninguna contraprestación real.
En otras palabras: no era una tasa, era un impuesto encubierto. Y en muchos sectores se juega con fuego: la fundación FADA analizó al sector rural y calculó que el peso fiscal por ejemplo en el caso del es del 104,4%. Es decir que la carga impositiva es mayor que la renta generada. Y a veces cuando hablamos del campo y su carga fiscal solo miramos al Estado Nacional y sus retenciones e impuestos (que son reales). Pero en la misma cola después vienen las provincias con impuestos distorsivos en cascada, y cierran con el golpe de gracia los Municipios con tasas ilegales, insólitas y costosísimas. Asociados son tan rapaces que llegan al extremo de que al productor ya no le conviene hacer determinados cultivos.
La Justicia suele ser lenta, pero es el último recurso del contribuyente desprotegido, que antes agotó sin éxito todas las instancias políticas y administrativas. Un sistema que, demasiadas veces, parece funcionar siempre en la misma dirección.
Y mientras tanto, algunos intendentes todavía se permiten hacer alarde de su “creatividad tributaria”, aún cuando eso implique pasar por encima de la ley.
En ese contexto resulta irónico leer cómo el propio Tribunal de Cuentas define su misión institucional:
“Contribuir a mejorar la rendición de cuentas y promover el buen uso de los recursos”.
Vale recordar entonces el artículo 248 del Código Penal argentino, que establece sanciones para los funcionarios que dictan resoluciones contrarias a la ley o dejan de cumplir las normas que les corresponde aplicar.
Alcoyana, alcoyana.
Tal vez haya llegado el momento de que la Justicia empiece también a dedicar algunos párrafos de sus fallos a intendentes, concejales y funcionarios de control, partícipes necesarios que sostienen el falso andamiaje jurídico de estos engendros fiscales que terminan pagando millones de contribuyentes en tantos municipios.
Y por último todos como contribuyentes tenemos el rol fundamental de impulsar llegado el caso nuestros reclamos en la Justicia, porque en estos temas no puede actuar de oficio. Y asumir esa responsabilidad es lo que puede llegar a marcar una enorme diferencia hacia adelante.
Fuente: CampoInfo

