Se mantiene la medida cautelar sobre la aplicación de agroquímicos

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El Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en

Pehuajó comunica que:

“I.- En la audiencia celebrada en el día de ayer las y los ediles del
Honorable Concejo de Deliberante de Pehuajó han informado que la ordenanza
n° 97/24, al día de la fecha, no se halla integrada en su totalidad por cuanto
restan realizar los anexos que forman parte de la norma, que, entre otras cosas,
«delimitarán gráficamente las zonas, los radios y limites para cada localidad,
zona rural poblada y otros usos” (cfr. art. 37), en referencia a las zonas
urbanas, rurales y los espacios de interés situadas en las zonas rurales, como
colegios o cuencas de agua, entre otros.

Asimismo, las y los ediles no han brindado información unívoca
respecto a la entrada en vigencia de la normativa referida, condición
indispensable que fue señala en la resolución de fecha 30 de noviembre de
2023, al momento de señalarse la vigencia de la medida cautelar dispuesta en
autos. 

En este sentido, en la audiencia celebrada se ha puesto de relieve
que para la operatividad y efectiva aplicación de la mencionada ordenanza, el
poder ejecutivo municipal debe instrumentar y reglamentar diversos aspectos,
entre ellos, lo que respecta a la dependencia que tendrá competencia en la
aplicación y cumplimiento de la ordenanza y, especialmente, la promulgación de
la norma y su publicación en el Boletín Oficial.

En consecuencia, más allá de la sanción formal de la ordenanza, se
advierte que no han variado las condiciones para hacer cesar la medida cautelar
oportunamente dispuesta (cfr. fs. 50).

II.- Hágase saber a las partes y autoridades del Honorable Concejo
Deliberante y del órgano ejecutivo de la Municipalidad de Pehuajó que la
medida cautelar se encuentra vigente hasta la efectiva aplicación de la normado
en la ordenanza n° 97/24.

Por último, requiérase a estos últimos organismos que informen
periódicamente los avances que se vayan dando en la integración de la
ordenanza, la efectiva promulgación de la norma y su implementación.
III.- Notifíquese y líbrese los oficios correspondientes.”
Ante este estado de situación, conforme fuera solicitado
por la Fiscalía Federal de Pehuajó, la Asesoría de Menores y la
parte querellante, se pone en conocimiento que al no cumplirse
con lo dispuesto en la medida cautelar, la misma continúa vigente.

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