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Pehuajó, 9 de mayo del 2025.
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Pedido de Informes al Intendente de Pehuajó, Pablo Javier Zurro.
VISTO:
Las declaraciones públicas realizadas por el Intendente Pablo Javier Zurro en la emisora radial 100.5, difundidas en diversos medios periodísticos, en las cuales se refiere a una denuncia presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal por el presunto robo de materiales en obras públicas por parte de empleados municipales, situación que ha derivado en una investigación policial y la intervención de la justicia; y
CONSIDERANDO:
La mención de «funcionarios jerárquicos» en el parte oficial de la policía, en contraste con la falta de referencia a estos por parte del Intendente en sus declaraciones;
La inquietud planteada sobre el momento en que se detectó la maniobra, los mecanismos de control existentes (o la falta de ellos), la logística del traslado de los materiales sustraídos (incluyendo el presunto uso de vehículos municipales) y la razón por la cual no se tomaron medidas inmediatas con el personal involucrado;
La crítica a la calificación de «trabajo de hormiga», sugiriendo que la magnitud de los robos (traslado en camiones municipales) implica la participación de cómplices y la posible omisión de denuncia por parte de quienes presenciaron las maniobras.
La referencia a la existencia de una instancia de investigación con «dos inspectores encubiertos», lo que plantea interrogantes sobre la naturaleza y el alcance de las investigaciones internas previas a la denuncia penal;
La preocupación sobre el perjuicio que estos actos ocasionan a todos los ciudadanos y la necesidad de esclarecer las responsabilidades, en un contexto donde existen antecedentes de presunta mala gestión de fondos públicos;
Que la Constitución Nacional, en su Artículo 123, establece la autonomía de los municipios en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero, lo que implica la facultad propia del municipio para la gestión de su patrimonio;
Que el Artículo 108 de la LOM establece la responsabilidad del Intendente por los daños y perjuicios causados por su acción u omisión en el ejercicio de sus funciones, lo que implica que puede ser considerado responsable si, por negligencia o falta de control, se causa daño al patrimonio municipal a través de robos o irregularidades;
Que permitir que continúe el robo de materiales de obras públicas y no informar de manera inmediata y transparente al Concejo Deliberante sobre la magnitud de los hechos podría constituir un incumplimiento de los deberes de funcionario público por omisión o retardo en el cumplimiento de sus funciones;
Que la falta de denuncia inmediata o el intento de minimizar la gravedad de los hechos podría interpretarse como encubrimiento, especialmente si funcionarios jerárquicos estuvieran involucrados y no se tomaran las medidas correspondientes;
Que la adecuada gestión del patrimonio municipal exige transparencia y rendición de cuentas ante el Concejo Deliberante, como representante de los vecinos del Partido de Pehuajó.
POR TODO LO EXPUESTO, LOS CONCEJALES DEL BLOQUE JUNTOS POR LA LIBERTAD ELEVAN PARA SU REVISIÓN Y TRATAMIENTO EL SIGUIENTE PROYECTO DE:
COMUNICACIÓN.
ARTICULADO
ARTÍCULO 1: Solicitar al Intendente de Pehuajó, Pablo Javier Zurro, que remita a este Honorable Concejo Deliberante, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles a partir de la aprobación del presente proyecto, la siguiente información detallada y documentación respaldatoria:
- Aclaración sobre la posible existencia de «funcionarios jerárquicos» implicados en el robo de materiales, tal como se menciona en el parte oficial de la policía. En caso afirmativo, se solicita su identificación completa (nombre, apellido y cargo), una descripción detallada de su presunta participación en los hechos y las medidas administrativas y/o legales adoptadas o previstas con respecto a ellos.
- Detalle preciso del momento en que el Departamento Ejecutivo Municipal tomó conocimiento de las irregularidades, especificando la fecha y hora exactas, la forma en que se detectaron los robos (denuncia de terceros, auditoría interna, etc.), las áreas municipales que participaron en la detección y los nombres de los funcionarios que intervinieron inicialmente.
- Información exhaustiva sobre los protocolos y mecanismos de control existentes en la Dirección de Obras Públicas para la gestión y el movimiento de materiales, incluyendo los procedimientos de recepción, almacenamiento, distribución, seguimiento y control de stock. Se solicita una evaluación detallada de la efectividad de estos mecanismos a la luz de los hechos denunciados, identificando posibles fallas o ausencias.
- Detalles completos sobre la logística utilizada para el traslado de los materiales sustraídos, incluyendo la identificación precisa de los vehículos utilizados (indicando si eran de propiedad municipal, particulares o de terceros contratistas), la identificación de los conductores, las rutas presuntamente utilizadas, la frecuencia y los horarios de los traslados.
- Justificación formal y detallada de por qué no se procedió a la inmediata separación del cargo de los empleados involucrados una vez detectadas las irregularidades, explicando los motivos del lapso de tiempo transcurrido hasta la aplicación de la suspensión y cualquier otra medida administrativa.
- Fundamentos documentados que sustentan la afirmación del Intendente sobre el conocimiento de los robos durante un período de «dos años», incluyendo la metodología utilizada para determinar dicho plazo, las fechas de detección de las primeras irregularidades y las acciones concretas que se llevaron a cabo durante ese período para investigar y detener los robos.
- Información detallada sobre la investigación interna que se llevó a cabo previamente a la denuncia penal, incluyendo la identidad de los responsables de la investigación (mencionando específicamente si existieron «dos inspectores encubiertos», sus nombres y cargos), el mandato formal de la investigación, los métodos y procedimientos utilizados, las conclusiones preliminares y las recomendaciones resultantes.
- Evaluación formal por parte del Departamento Ejecutivo Municipal sobre la posible existencia de cómplices en las maniobras de sustracción, considerando la magnitud de los robos, el presunto uso de vehículos municipales y la posible participación de personal de otras áreas.
- Análisis sobre la posible responsabilidad por omisión de otros empleados municipales que pudieran haber presenciado las sustracciones y no las denunciaron, detallando si se han iniciado investigaciones internas al respecto y cuáles son los protocolos vigentes para la denuncia de irregularidades por parte del personal municipal.
- Relación detallada entre los hechos denunciados y los mecanismos de control de fondos públicos en general, explicando cómo estos robos pudieron ocurrir a pesar de los controles existentes y qué medidas concretas se tomarán para revisar y fortalecer los sistemas de control en la Dirección de Obras Públicas y en otras áreas de la administración municipal para evitar la reiteración de situaciones similares.
- Copia íntegra de todo informe interno o externo relacionado con la investigación de los robos, incluyendo actas, declaraciones testimoniales (respetando la confidencialidad de la investigación judicial en curso), sumarios administrativos iniciados y cualquier otra documentación relevante que no vulnere el secreto de sumario pero permita a este Concejo Deliberante comprender la magnitud de los hechos y las acciones tomadas por el Departamento Ejecutivo.
ARTÍCULO 2: Solicitar que la presente información y documentación ampliada sea remitida a este Honorable Concejo Deliberante en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles a partir de la aprobación del presente proyecto.
ARTÍCULO 3: De forma.

