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La Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos relativos a la Seguridad Social (UFISeS) denunció a una persona beneficiara de la Pensión Universal para Adultos Mayores (PUAM)por la presunta comisión del delito de defraudación contra la Administración Pública (art. 174 inc. 5 del Código Penal), por entender que había salido del país y no regresado, incumpliendo con el requisito previsto en el art. 13, inc. 5° de la ley n° 27.260 (obligación de residir en el país).
La Dirección Nacional de Migraciones había comunicado a ANSeS que la persona había egresado del país –con destino a la República de Bolivia- y no constaba su regreso. Ante ello, ANSeS suspendió el pago de la PUAM.
La investigación penal llevada adelante permitió descartar la comisión del delito y acreditar que la persona titular de la PUAM nunca salió del país en la fecha denunciada por la autoridad migratoria.
En virtud de ello, el Juzgado Federal de Pehuajó dispuso el sobreseimiento de la persona acusada, y ordenó que, en forma urgente y en el plazo de 24 horas, la ANSESreestablezca el pago mensual de la PUAM, así como también liquide los montos cuyos pagos fueron suspendidos. A la par dispuso que PAMI reestablezca la cobertura médica y que la autoridad migratoria corrija, subsane y/o elimine de sus registros los datos incorrectos oportunamente informados.
La resolución judicial dio cuenta que el origen del supuesto hecho delictivo denunciado podría tratarse de la presunta utilización de documentación adulterada, que bien podría haber sido realizada por otra persona para egresar del país hacia el país vecino, o bien, simplemente, podría obedecer a la existencia de un error en los datos integrados y aportados oportunamente por la DNM, según surge del Registro Nacional de Ingresos y Egresos de Personas al Territorio Nacional.
Finalmente, se advirtió a la autoridad migratoria que en razón de los datos erróneos aportados para la realización de la denuncia penal y la comunicación a ANSeS, una persona dejó de percibir –injusta e indebidamente- la PUAM y de tener la cobertura médica de PAMI, ocasionándole un grave perjuicio económico, vulnerando sus derechos a la seguridad social y a la salud.

