La Justicia Federal de Pehuajó se expidió respecto de la venta de ropay calzado en infracción a la ley de marcas (ley 22.362).

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El Juzgado Federal de Primera Instancia de Pehuajó
dispuso el sobreseimiento de una persona que se encontraba
investigada supuestamente por infringir el artículo 31 de la ley de
marcas y designaciones n° 22.362.
La causa se inició a raíz de una denuncia anónima recibida
por la policía, cuya investigación impulsó la Fiscalía Federal de
Pehuajó, con el objeto de que se investigue la posible venta de
indumentaria y calzado presuntamente apócrifos -que resultarían ser
réplicas de las marcas “Nike”, “Adidas”, “Louis Vuitton”, “Gucci”,
entre otras- en un local comercial ubicado en la ciudad de Trenque
Lauquen.
En la pesquisa se dispusieron diversas medidas de prueba,
tales como información solicitada al Municipio de Trenque Lauquen ,
tareas de investigación efectuadas por la Delegación Departamental de
Investigaciones de Trenque Lauquen, que incluyeron el relevamiento
de las redes sociales del investigado y la recepción de declaración
testimonial a clientes del local comercial involucrado.
En el fallo se señala que “La ley n° 22.362 procura reprimir
todas aquellas conductas que, de un modo general, crean el peligro del
engaño acerca de la procedencia y pureza de los artículos que se
adquieren confiando en la garantía que conlleva la marca puesta sobre
los mismos”; y que “exige una imitación idónea que alca nce el carácter
de réplica y sea capaz de provocar en el consumidor un error al aceptar
como verdadero un producto falso”.
En el caso, concluyó el Juzgado, las declaraciones de los
clientes del local comercial permitieron demostrar que la idoneidad
para generar engaño, requerida por el tipo penal, no se materializó.
Todos conocían que se trataba de prendas y/o calzado que era
imitación de la marca, que no eran productos originales y que
presentaban una diferencia importante con el valor de venta de
productos auténticos.
Asimismo, se destacó que si el caso se analizaba desde la
perspectiva de las grandes marcas registradas presuntamente
afectadas (que no se presentaron como damnificadas), era evidente que
la reputación y posición que estas ya poseen en el mercado no se ve ían
perjudicadas de manera significativa por la presunta falsificación de
las prendas de vestir y calzado denunciadas.

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